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Introducción: El Arte como Campo de Batalla Legal y Pericial
El mercado del arte, con su intrincada red de pasiones estéticas, inversiones millonarias y la constante amenaza de la falsificación, se ha consolidado como un terreno fértil para el fraude. En este contexto, la labor de las fuerzas de seguridad en la protección del patrimonio y la lucha contra el crimen organizado es, sin duda, fundamental. Sin embargo, la reciente noticia, entre otras de este grupo policial, divulgada por medios como El Confidencial, sobre la incautación por parte de la Policía de la Generalitat de 41 obras pictóricas "falsificadas" destinadas a subasta en València, con un valor estimado de 1.262.950 euros, no solo subraya la persistencia de este problema, sino que también nos obliga a una reflexión crítica sobre los métodos de investigación, la comunicación pública de las actuaciones policiales y la esencial presunción de inocencia.
Este artículo se propone analizar, desde una perspectiva académica y legal, las implicaciones de tales incautaciones. Se examinarán las posibles vulneraciones de la presunción de inocencia, la compleja naturaleza de la pericia artística y la necesidad de una mayor rigurosidad en los procesos de autenticación, ejemplificando con un caso previo que involucra a la misma unidad policial y obras de Jean-Michel Basquiat. Asimismo, se abordará el interés, a veces velado, de ciertas Fundaciones y comités de autenticación, cuya objetividad puede verse comprometida por dinámicas de mercado o intereses particulares, ejemplificado con el caso de la Fundación Dalí. La intención no es menoscabar la labor policial, sino contribuir a un debate necesario sobre las mejores prácticas para salvaguardar la justicia y la reputación en un mercado tan opaco como fascinante.
ARTÍCULO
https://www.elconfidencial.com/espana/comunidad-valenciana/2025-06-02/falsificacion-obras-arte-valencia-1hms-1tna_4142675/
I. La Incautación en València: ¿Juicio Sumario o Actuación Preventiva?
El titular de la noticia no deja lugar a dudas: las obras son categorizadas directamente como "falsificadas". Esta afirmación, proveniente de una fuente policial y replicada por los medios, se convierte, de facto, en una condena mediática para la galería o los consignadores de las obras, incluso antes de que se haya iniciado un proceso judicial formal, o mucho antes de que este culmine con una sentencia firme.
La presunción de inocencia, consagrada en el artículo 24 de la Constitución Española y en numerosos tratados internacionales de derechos humanos, es un principio fundamental que establece que toda persona es inocente hasta que se demuestre lo contrario en un juicio y una sentencia judicial lo declare así. En un estado de derecho, la determinación de la culpabilidad y, por ende, la declaración oficial de que unas obras son "falsas" en el contexto de un ilícito penal, es potestad exclusiva de los tribunales de justicia. La policía, en el ejercicio de sus funciones, puede sospechar, investigar, proponer incautar bienes y presentar indicios, pero no tiene la prerrogativa de emitir juicios de valor definitivos sobre la autenticidad o la culpabilidad.
La difusión pública de la incautación utilizando un lenguaje tan concluyente genera varios problemas:
Es crucial que la comunicación de las fuerzas de seguridad, al informar sobre sus actuaciones, se adhiera a un lenguaje jurídicamente preciso. Frases como "obras presuntamente falsificadas", "sospechosas de ser falsificaciones" o "incautadas en el marco de una investigación por posible delito de falsificación" serían más adecuadas y respetuosas con los derechos fundamentales de los ciudadanos. La insistencia en que "todas las obras" de una galería de prestigio fueran falsas también suscita preguntas sobre la naturaleza de la investigación y la posibilidad de que no todas las obras incautadas, como el propio artículo del Confidencial matiza al final ("había un mínimo que eran originales, mientras que en otras no se ha podido determinar su autenticidad"), lo sean, añadiendo más confusión y reforzando la idea de una comunicación precipitada.
II. La Subjetividad y Desafíos de la Pericia Artística: El Caso Basquiat como Antídoto y la Influencia de Intereses Externos
La autenticación de obras de arte es un campo notoriamente complejo, que a menudo se sitúa en la intersección del arte, la historia, la ciencia forense y el derecho. A diferencia de otras disciplinas, donde la evidencia puede ser objetiva y reproducible (como en la balística o la dactiloscopia), la autenticación de una obra de arte implica a menudo una combinación de:
El relato sobre la incautación de las obras de Jean-Michel Basquiat por parte de la misma Policía de Patrimonio de la Generalitat, bajo la dirección del Subinspector Antonio López (cuya prominencia mediática ha sido notoria), sirve como un elocuente estudio de caso sobre los riesgos de una pericia deficiente y las consecuencias que puede acarrear.
Según su descripción, la solicitud de incautación de las obras de Basquiat se basó en una fotografía, y fue realizada por un equipo policial que "no tiene ningún experto en Arte". Esta primera aproximación ya es problemática. La autenticación de una obra de arte no se puede realizar con fiabilidad a partir de una simple imagen; requiere un examen físico minucioso de la obra.
El segundo punto crítico es la colaboración con una "entidad valenciana" y una "misma persona" que ejerce de perito "sea este un Goya o cualquier otra obra". Esta práctica es profundamente cuestionable desde una perspectiva pericial y ética:
El clímax de la pericia inicial en el caso Basquiat es alarmante: la perito afirmó que las obras eran falsas porque "BASQUIAT NO UTILIZABA ACRÍLICOS". Esta afirmación es categóricamente falsa y demuestra un desconocimiento fundamental de la obra de Basquiat. El artista, conocido por su audacia y experimentación, empleaba una variedad de materiales que incluían, sí, acrílicos, además de óleo, grafiti, serigrafía, e incluso elementos biológicos como su propia sangre y orina, lo que formaba parte de su lenguaje expresivo. El hecho de que obras auditadas por plataformas de prestigio como Artprice, y con valores millonarios, fueran desestimadas basándose en una premisa tan errónea, pone de manifiesto una negligencia pericial grave.
La posterior intervención de un "mayor experto europeo en investigación caligráfica", cuyo trabajo es reconocido por instituciones como la Guardia Civil y la UEFA en la autenticación de firmas, y su dictamen del "100% de autenticidad" de las obras de Basquiat tras un estudio de laboratorio, es una demostración rotunda de la importancia de la especialización y el rigor científico en la pericia. La caligrafía de Basquiat, con sus palabras y frases características, es un elemento distintivo y profundamente personal de su obra, y un análisis forense de la misma puede ser una herramienta poderosa para la autenticación. Este caso particular subraya que una pericia inadecuada no solo puede llevar a errores judiciales, sino que también genera un daño económico y reputacional enorme a los propietarios legítimos de las obras.
III. El Rol de las Entidades de Autenticación y el Interés de Mercado: El Caso Dalí
El mercado del arte moderno y contemporáneo ha visto surgir una serie de comités de autenticación de artistas y fundaciones, que son a menudo los árbitros finales de la autenticidad de una obra. Estos comités están compuestos por expertos reconocidos en la obra de un artista, a menudo antiguos ayudantes, historiadores del arte o familiares directos. Su dictamen, aunque no infalible, es crucial para la aceptación de una obra en el mercado. Sin embargo, su disolución o la reticencia a emitir certificados puede crear un vacío que es explotado por falsificadores, pero también por peritos menos cualificados.
No obstante, es un secreto a voces en el mercado del arte que la objetividad de algunas de estas Fundaciones y comités puede verse influenciada por intereses ajenos a la pura erudición. La certificación de una obra como original, o su declaración como falsa, puede tener un impacto directo y multimillonario en el mercado. La escasez artificial de obras, la devaluación de ciertas piezas o la monopolización de la catalogación pueden ser herramientas estratégicas para controlar el valor de un legado artístico y beneficiar a ciertos actores.
El ejemplo de la Fundación Dalí. La situación donde una Fundación "certifica que una obra era falsa", para luego retractarse cuando el propietario presenta una "foto de Dalí pintando ese cuadro cuando él era niño, ya que fue un regalo personal del pintor", es un episodio que subraya la fragilidad de estas determinaciones cuando no están blindadas por una objetividad inquebrantable.
Este tipo de incidentes, si bien no son la norma, erosionan la confianza en las instituciones encargadas de salvaguardar la autenticidad y demuestran cómo factores externos al análisis artístico (como la falta de procedencia documentada en sus archivos, o el deseo de controlar el corpus de obras) pueden influir en el juicio de autenticación. La evidencia fotográfica directa de Dalí trabajando en la pieza, y la naturaleza de un regalo personal, deberían haber sido elementos irrefutables desde el inicio para cualquier experto genuinamente objetivo.
IV. La Regulación y el Control de la Legalidad: De la Due Diligence a la Exportación
En España, la Ley de Patrimonio Histórico Español y las leyes de prevención de blanqueo de capitales imponen obligaciones a las galerías y casas de subastas. La due diligence (diligencia debida) es fundamental: verificar la procedencia, la autenticidad y la licitud de la posesión. Una galería de prestigio, precisamente por su trayectoria y por la necesidad de proteger su reputación, invierte considerablemente en estos procesos, que incluyen:
Que una investigación policial sugiera que todas las obras consignadas a una subasta por una galería reconocida son falsas, plantea la posibilidad de que la propia galería haya sido víctima de un fraude sofisticado, o que la presunción inicial de la policía sea excesivamente amplia.
Esto refuerza la necesidad de una comunicación más precisa y una mayor cautela en las conclusiones prematuras. La investigación deberá determinar si la galería actuó con dolo, negligencia grave o si fue una víctima inadvertida. Esta distinción es fundamental para la aplicación de la ley y para la justicia.
Además, en el ámbito de las exportaciones, la Ley de Patrimonio Histórico Español establece que ciertas obras, por su antigüedad (más de 100 años) o su valor artístico e histórico, requieren de una autorización del Ministerio de Cultura para salir del territorio nacional. La identificación errónea de una obra como falsa podría eludir este control, mientras que una obra auténtica con valor patrimonial podría ser exportada ilegalmente si se la considera falsa.
V. Recomendaciones para un Marco Operativo Más Robusto
Para evitar futuras situaciones que vulneren derechos fundamentales y comprometan la credibilidad de las investigaciones en el mercado del arte, se proponen las siguientes recomendaciones, que buscan un equilibrio entre la eficacia policial y la garantía de los derechos:
Conclusión: Un Llamamiento a la Prudencia y la Excelencia Pericial
La lucha contra la falsificación de arte es un imperativo para proteger el patrimonio cultural y la integridad del mercado. Sin embargo, esta lucha no puede ni debe librarse a expensas de los derechos fundamentales de los ciudadanos ni de la integridad de los procesos judiciales. La incautación de obras de arte, como la reciente en València, y el precedente del caso Basquiat, son poderosos recordatorios de que la efectividad de la acción policial en el ámbito del arte depende no solo de la capacidad de incautar, sino también de la solidez de las pruebas periciales que sustentan las acusaciones y de la prudencia en la comunicación pública.
Es necesario un compromiso renovado por parte de las autoridades para garantizar que las pericias de obras de arte se realicen por expertos altamente cualificados y especializados, siguiendo metodologías científicas rigurosas y transparentes. La inclusión en la pericia de la consideración de los intereses de mercado que pueden influir en las decisiones de Fundaciones y comités es también un elemento crucial para una visión completa y justa. Solo así se podrá evitar el daño injustificado a la reputación, asegurar que la justicia prevalezca y, en última instancia, fortalecer la confianza en un mercado del arte que, a pesar de sus complejidades, es un reflejo vibrante de la creatividad humana. La verdad en el arte, al igual que la verdad legal, debe ser establecida con el máximo rigor, no por la aseveración precipitada, sino por la prueba irrefutable.
FOTOGRAFÍA: FUENTE EL CONFIDENCIAL
Referencias (Sugeridas, a desarrollar con investigación académica específica):
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The art market, with its intricate web of aesthetic passions, millionaire investments, and the constant threat of forgery, has become fertile ground for fraud. In this context, the work of law enforcement in protecting heritage and combating organized crime is, undoubtedly, fundamental. However, recent news, among others from this police group, widely reported by media outlets such as El Confidencial, regarding the seizure by the Policia de la Generalitat of 41 "falsified" pictorial works intended for auction in Valencia, with an estimated value of 1,262,950 euros, not only underscores the persistence of this problem but also compels us to critically reflect on investigation methods, the public communication of police actions, and the essential presumption of innocence.
This article aims to analyze, from an academic and legal perspective, the implications of such seizures. We will examine possible violations of the presumption of innocence, the complex nature of art expertise, and the need for greater rigor in authentication processes, exemplified by a previous case involving the same police unit and works by Jean-Michel Basquiat. Furthermore, we will address the sometimes veiled interest of certain Foundations and authentication committees, whose objectivity may be compromised by market dynamics or particular interests, exemplified by the Dalí Foundation case. The intention is not to undermine police work but to contribute to a necessary debate on best practices to safeguard justice and reputation in such an opaque yet fascinating market.
The headline of the news leaves no room for doubt: the works are directly categorized as "falsified." This assertion, originating from a police source and replicated by the media, effectively becomes a media condemnation for the gallery or the consignors of the works, even before a formal judicial process has begun, or long before it concludes with a final judgment.
The presumption of innocence, enshrined in Article 24 of the Spanish Constitution and numerous international human rights treaties, is a fundamental principle stating that every person is innocent until proven guilty in a trial and so declared by a judicial sentence. In a rule of law, the determination of guilt, and therefore the official declaration that works are "false" in the context of a criminal offense, is the exclusive prerogative of the courts of justice. The police, in the exercise of their duties, can suspect, investigate, seize assets, and present evidence, but they do not have the prerogative to issue definitive value judgments on authenticity or guilt.
The public dissemination of the seizure using such conclusive language creates several problems:
It is crucial that the communication from law enforcement, when reporting on their actions, adheres to legally precise language. Phrases such as "allegedly falsified works," "suspected forgeries," or "seized as part of an investigation into a possible forgery offense" would be more appropriate and respectful of citizens' fundamental rights. The insistence that "all works" from a prestigious gallery were fake also raises questions about the nature of the investigation and the possibility that not all seized works, as the El Confidencial article itself later clarifies ("there was a minimum that were original, while for others their authenticity could not be determined"), are indeed fake, adding more confusion and reinforcing the idea of a hasty communication.
The authentication of artworks is a notoriously complex field, often situated at the intersection of art, history, forensic science, and law. Unlike other disciplines, where evidence can be objective and reproducible (as in ballistics or fingerprinting), the authentication of an artwork often involves a combination of:
The account of the seizure of Jean-Michel Basquiat's works by the same Policía de Patrimonio de la Generalitat, under the direction of Sub-inspector Antonio López (whose media prominence has been noteworthy), serves as an eloquent case study on the risks of deficient expertise and the consequences it can entail.
According to your description, the request for seizure of the Basquiat works was based on a photograph, and it was carried out by a police team that "has no art experts." This initial approach is already problematic. Art authentication cannot be reliably performed from a simple image; it requires a meticulous physical examination of the work.
The second critical point is the collaboration with a "Valencian entity" and the "same person" acting as an expert "whether it's a Goya or any other work." This practice is deeply questionable from an expert and ethical perspective:
The climax of the initial expert opinion in the Basquiat case is alarming: the expert stated that the works were fake because "BASQUIAT DID NOT USE ACRYLICS." This statement is categorically false and demonstrates a fundamental lack of knowledge of Basquiat's work. The artist, known for his audacity and experimentation, used a variety of materials including, indeed, acrylics, as well as oil, graffiti, screen printing, and even biological elements such as his own blood and urine, which were part of his expressive language. The fact that works audited by prestigious platforms like Artprice, and valued at millions, were dismissed based on such an erroneous premise, highlights serious expert negligence.
The subsequent intervention of a "leading European expert in calligraphic investigation," whose work is recognized by institutions such as the Guardia Civil and UEFA in authenticating signatures, and his "100% authenticity" ruling on the Basquiat works after a laboratory study, is a resounding demonstration of the importance of specialization and scientific rigor in expertise. Basquiat's calligraphy, with its characteristic words and phrases, is a distinctive and deeply personal element of his work, and a forensic analysis of it can be a powerful tool for authentication. This particular case underscores that inadequate expertise can not only lead to judicial errors but also cause enormous economic and reputational damage to the legitimate owners of the works.
The modern and contemporary art market has seen the emergence of various artist authentication committees and foundations, which often serve as the ultimate arbiters of a work's authenticity. These committees are comprised of recognized experts in an artist's oeuvre, often former assistants, art historians, or direct family members. Their opinion, though not infallible, is crucial for a work's acceptance in the market. However, their dissolution or reluctance to issue certificates can create a vacuum exploited by forgers, but also by less qualified experts.
Nevertheless, it is an open secret in the art market that the objectivity of some of these Foundations and committees can be influenced by interests extraneous to pure scholarship. Certifying a work as original, or declaring it fake, can have a direct and multi-million dollar impact on the market. Artificial scarcity of works, the devaluation of certain pieces, or the monopolization of cataloging can be strategic tools to control the value of an artistic legacy and benefit certain actors.
The example of the Dalí Foundation you mention is a prime example of this problem. The situation where a Foundation "certifies a work as fake," only to later retract when the owner presents a "photo of Dalí painting that picture when he was a child, as it was a personal gift from the painter," is an episode that underscores the fragility of these determinations when they are not shielded by unwavering objectivity.
Such incidents, while not the norm, erode trust in the institutions responsible for safeguarding authenticity and demonstrate how factors external to artistic analysis (such as a lack of documented provenance in their archives, or the desire to control the body of works) can influence authentication judgments. Direct photographic evidence of Dalí working on the piece, and the nature of a personal gift, should have been irrefutable elements from the outset for any genuinely objective expert.
In Spain, the Spanish Historical Heritage Law and anti-money laundering laws impose obligations on galleries and auction houses. Due diligence is fundamental: verifying the provenance, authenticity, and legality of possession. A reputable gallery, precisely because of its trajectory and the need to protect its reputation, invests considerably in these processes, which include:
The fact that a police investigation suggests that all works consigned for auction by a recognized gallery are fake raises the possibility that the gallery itself may have been a victim of sophisticated fraud, or that the police's initial presumption is excessively broad.
This reinforces the need for more precise communication and greater caution in premature conclusions. The investigation must determine whether the gallery acted with intent, gross negligence, or if it was an unwitting victim. This distinction is fundamental for law enforcement and for justice.
Furthermore, in the area of exports, the Spanish Historical Heritage Law establishes that certain works, due to their age (over 100 years) or their artistic and historical value, require authorization from the Ministry of Culture to leave national territory. The erroneous identification of a work as fake could circumvent this control, while an authentic work of patrimonial value could be illegally exported if deemed fake.
To prevent future situations that violate fundamental rights and compromise the credibility of investigations in the art market, the following recommendations are proposed, aiming for a balance between police effectiveness and the guarantee of rights:
The fight against art forgery is an imperative to protect cultural heritage and market integrity. However, this fight cannot and must not be waged at the expense of fundamental citizens' rights or the integrity of judicial processes. The seizure of artworks, like the recent one in Valencia, and the precedent of the Basquiat case, are powerful reminders that the effectiveness of police action in the art world depends not only on the ability to seize but also on the solidity of the expert evidence supporting the accusations and the prudence in public communication.
A renewed commitment from the authorities is necessary to ensure that art expertise is carried out by highly qualified and specialized experts, following rigorous and transparent scientific methodologies. The inclusion in the expertise of considering the market interests that can influence the decisions of Foundations and committees is also a crucial element for a complete and fair view. Only then can unjustified reputational damage be avoided, justice be ensured, and ultimately, trust be strengthened in an art market that, despite its complexities, is a vibrant reflection of human creativity. Truth in art, like legal truth, must be established with the utmost rigor, not by hasty assertion, but by irrefutable proof.
References (Suggested, to be developed with specific academic research):